El artículo Nº19, 13º de la Constitución Política de la República deChile, reconoce el "Derecho a reunirse pacíficamente, sin permiso previo". Sin embargo, el mismo artículo señala en su inciso siguiente que "Las reuniones en las plazas, calles y demás lugares de usopúblico, se regirán por las disposiciones generales de la policía". Esta disposición constitucional, fue promulgada el 15 de septiembre de 1983 mediante Decreto Supremo Nº 1.086 por la dictadura de AugustoPinochet, con el propósito de controlar y reprimir las manifestacionesde protesta que se registraban contra el régimen militar sangriento que encabezó. Y que pese a vulnerar derechos humanos esenciales, esta disposición antidemocrática e impuesta se ha mantenido intacta en los sucesivos gobiernos democráticos de la Concertación (por qué creen Uds.).
Esta disposición obliga en la práctica, en caso reunión en espacios públicos, a solicitar autorización a la intendencia regional respectiva, vulnerándose en el mismo artículo donde la Constitución intenta proteger el derecho a reunión, la garantía constitucional deque cuando la protesta es pacífica, este derecho se ejerce sin permisoprevio.
Finalmente, es importante hacer notar que del mismo modo en quePinochet impuso esta restricción vía decreto supremo presidencial,ella puede (y debe) ser depuesta por la Presidenta Bachelet utilizando la misma figura.
Como periodista y comunicadora en DDHH hago un llamado a lasautoridades a ser coherentes con lo que postulan por estos días deagitación social, señalando que ante todo la expresión de la ciudadanía debe ser respetada y resguardada. Pues mientras no sederogue esta medida restrictiva, en Chile la libertad de expresiónseguirá limitada y la protesta social reprimida.
Llamo también a los ciudadanos concientes de la necesidad de un mayor respeto por los derechos de las personas, a pronunciarse frente a estelastre dictatorial en democracia. No podemos permitir que paramanifestarnos contra el Estado, debamos solicitar autorización precisamente al Estado. ¡¡¡ Abolición del Decreto Supremo Nº 1.086…Ahora!!!!
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