La Florida, Agosto 2010
Recientemente, como Pueblos Originarios, hemos recibido una cordial invitación para participar de los festejos del Bicentenario de Chile.
Esta invitación, ha provocado una breve discusión al interior de las organizaciones indígenas de la comuna, luego de la cual se ha podido concluir con una contundente y sólida postura en relación a la invitación recibida. Pero antes de manifestar nuestra posición, quisiéramos compartir algunos antecedentes históricos que contextualicen la respuesta que ha generado tan atrevida convocatoria.
En los albores del naciente Estado chileno, el Comandante de alta Frontera Pedro Barnechea, envestido con todos los poderes del naciente Estado, firmaba el Parlamento de Tapihue, el cual en uno de sus artículos señala lo siguiente:
“Los gobernadores ó Caciques desde la ratificacion de estos tratados no permitirán que ningun chileno ecsista en los terrenos de su dominio por convenir así al mejor establecimiento de la paz y union, Seguridad Jeneral y particular de estos nuevos hermanos.”[1]
Este documento, de trascendental importancia, se celebró el 7 de enero del año 1825 en Tapihue. En este caso es importante destacar, que siendo Chile un Estado independiente, realiza un Parlamento con
El 25 de Octubre de
El artículo 19 de dicho Parlamento ratificó el río Biobio como la frontera entre Chile y Ragko Mapu (Arauco en el idioma español), poniendo término a una guerra de por lo menos 14 años con
Al momento de su independencia, Chile sólo podía contar con el territorio que había heredado de la Corona Española. Es importante señalar, que en materia limítrofe, se firmó un tratado con Argentina en 1856, en el cual se acordó reconocer el Utti Posidetis de 1810 para la fijación de los límites entre las dos naciones. Esta norma establecía que los límites de cada nuevo Estado serían fijados de conformidad a lo que cada nuevo Estado poseía al momento de emanciparse de España en virtud de las Cédulas Reales respectivas. Por esta razón, existen diferentes juristas e investigadores, como José Lincoqueo, que consideran que el nuevo Estado de Chile, bajo ninguna circunstancia debía considerar como parte de su territorio el área regida por el Parlamento de Negrete, el que no había sido ni ha sido derogado hasta la fecha.
Se considera que el Parlamento de Negrete, así como los anteriores Parlamentos (28), reúne todos los requisitos de forma y de fondo para ser considerado un Tratado Internacional, y es al mismo tiempo el último documento que reconoce implícitamente la independencia de la nación Mapuche.
El estatus legal de los Parlamentos, como ha argumentado Alamiro de Ávila, uno de los pocos juristas chilenos que ha reflexionado sobre esta materia, era el de un tratado internacional entre naciones soberanas[3]. En años recientes este argumento ha sido apoyado por el Relator Especial de Naciones Unidas sobre Tratados Sr. Miguel Alfonso Martínez[4].
Sin embargo, para el nobel estado chileno el Derecho internacional no fue suficiente.
El naciente Estado, asumiendo una actitud paternalista de blanco civilizado e inspirado en el concepto de igualdad europeo, decretó que todos los habitantes de este territorio, que ahora se llamaba Chile, serían chilenos; lo que a la larga tendría trágicas consecuencias para los Mapuche que se rehusaban a cambiar de identidad, sometiéndolos a crímenes, despojo y discriminación racial. Con esto, se pretendió la desaparición del “ser Mapuche”, tanto en el plano individual como colectivo.
De igual manera, y producto principalmente de los efectos de la crisis económica mundial que afectó a los nacientes Estados americanos durante el siglo XIX, se vislumbra en el plano local, como una alternativa para enfrentar esta crisis, a las grandes riquezas que se encontraban en los territorios al sur del río Biobio y que en ese momento se encontraban en manos de los Mapuche y “sin ser debidamente explotadas”.
En consecuencia, se inicia un periodo en que el Estado chileno desconoce los tratados y acuerdos con la Nación Mapuche, y se prepara una batería de instrumentos jurídicos para iniciar la usurpación y la invasión de su territorio, siendo el primero de ellos la Ley del 2 de Julio de 1852, que crea la provincia de Arauco y autoriza al presidente de la república, para reglamentar el gobierno de las fronteras y la protección de los indígenas. Esta Ley, la podríamos considerar como la primera acción extraterritorial del naciente estado chileno, debido a que fue promulgada para ser aplicada en territorio Mapuche, según consta en la misma ley. Desde este momento, se empieza a cimentar la práctica de ocupación unilateral por parte del estado chileno en territorio Mapuche y se allana el camino para iniciar el proceso de la llamada “Pacificación de la Araucanía”.
Este nuevo marco jurídico impuesto de manera unilateral, incluye la creación de nuevos asentamientos y poblaciones en “territorios de indígenas”, quedando de manifiesto, en sus propios instrumentos jurídicos, la extraterritorialidad de tales medidas.
De esta manera, el Estado chileno inicia una arremetida política, militar y comunicacional, para arrebatar el territorio a los Mapuche mediante la aplicación de una política de exterminio.
En este sentido, es importante mencionar el papel que jugaron los medios de comunicación de la época para afianzar el clima de beligerancia y desprecio hacia los Mapuche, influyendo fuertemente en una gran parte de la población chilena y sobre todo en los incipientes grupos de poder. Los Mapuche, ya no eran los grandes guerreros en que se inspiraban los libertadores de la patria, sino que eran bárbaros, enemigos y traidores.
A continuación, esta política genocida inicia un periodo de negación de la identidad Mapuche y de la Nación Mapuche como tal, aplicándose una serie de instrumentos legales que facilitan el despojo del territorio Mapuche a los Mapuche y determinan su sometimiento y arrinconamiento en el marco del nuevo estatus jurídico que imperaría en el Wallmapu (Territorio de la nación Mapuche).
La violencia ejercida por criollos chilenos y colonos extranjeros en contra de los Mapuche, tendrán como consecuencia el ocultamiento y el estigma de ser Mapuche, situación que afecta a nuestro pueblo hasta estos días.
Por último, y a partir de la violencia cometida en contra de los Mapuche, tanto por colonos extranjeros como por criollos recién llegados, las autoridades chilenas decretan una serie de instrumentos jurídicos tendientes a salvaguardar la vida y los intereses individuales de los Mapuche, dando paso un periodo -que se mantiene hasta hoy- de políticas asimilacionistas, amparadas en un discurso de integración y respeto hacia el pueblo Mapuche, siempre y cuando éstos, se limiten a bailar, tocar el kultrún y vender sopaipillas.
En la actualidad, nuestras comunidades sufren una ocupación militar, los ancianos son violentamente golpeados y torturados, las mujeres son ultrajadas y pisoteadas, los niños son torturados, amedrentados, perseguidos y encarcelados… también se nos asesina por la espalda.
A quienes nos invitan a celebrar este bicentenario, quisiéramos informarle que la bota del Estado que celebra su bicentenario… se siente, se siente fuerte al interior de nuestro pueblo, al interior de nuestras familias, esa bota bicentenaria violenta nuestro espíritu y vulnera nuestro ser, esa bota bicentenaria representa el sufrimiento de nuestro pueblo Mapuche desde hace 200 años.
Vuestra invitación es un insulto a nuestra dignidad de ser Mapuche, es una afrenta al enorme orgullo que sentimos de pertenecer a la Nación Mapuche.
Rechazamos ser lo que tú quieres que seamos…
Somos lo que somos…
Y eso es lo que seguiremos siendo… Mapuche… gente de la tierra.
Vuestra invitación, es un reflejo más de la ceguera con que el pueblo chileno asiste a la violencia criminal que se aplica sistemáticamente en contra del pueblo Mapuche, cual si fuera un espectáculo más de televisión.
Deseamos hacerles saber, que No estamos dispuestos para celebrar a costa del sufrimiento de nuestros hermanos y hermanas, no estamos dispuestos para ser parte de ningún circo que lave la imagen de un estado que vulnera los derechos de nuestro pueblo, no estamos dispuestos para bailarles a cambio de migajas o beneficios.
Queremos decirle, que mientras ustedes celebran, nuestras familias estarán junto a sus comunidades, estaremos junto a nuestros hermanos y hermanas prisioneras en las cárceles chilenas, muchos de los cuales se encuentran hoy en huelga de hambre.
A nombre de las organizaciones Mapuche de la comuna de La Florida y abajo firmantes, les informamos formal y públicamente que no seremos parte de su celebración.
La Florida
Asociación Indígena Lelfunche
Asociación Indígena Rayen Cosklla
Asociación Indígena Wechekeche Ñi Trawun
Asociación Indígena Rayen Mapu
Organización Mapuche Newen Tui Taiñ Pewen
Organización Mapuche Rayen Collam
Comunidad Mapuche Wingkulche
Consejo Comunal Indígena “Los Sin Tierra”
[1] “Tratados celebrados entre el Coronel Graduado de los ejércitos de
[2] Ver wikipedia y Correa, Martín, Raúl Molina y Nancy Yáñez, La Reforma Agraria y las Tierras Mapuches. Chile 1962-1975, Santiago, Editorial LOM, 2005.
[3] De Ávila, 1973, "Régimen jurídico de la guerra de Arauco", pp.325-337, en Aylwin, José, 2002. Políticas Públicas y Pueblos Indígenas: El caso de la política de Tierras del Estado chileno y el pueblo Mapuche. Instituto de Estudios Indígenas.
[4] Martínez, 1999, Estudio sobre tratados, convenios y otros acuerdos constructivos entre los Estados y las poblaciones indígenas. citado por Ibid. Pp. 5.
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